Deberes de los asociados

Serán deberes especiales de los asociados:

  1. Adquirir conocimiento sobre los principios básicos del cooperativismo, características del acuerdo cooperativo, Estatuto y reglamentos que rigen la entidad.
  2. Cumplir las obligaciones derivadas del acuerdo cooperativo.
  3. Admitir las decisiones del Consejo de Administración.
  4. Pagar los certificados de aportación en los plazos y términos reglamentarios.
  5. Cumplir con las demás obligaciones económicas que adquiera con la cooperativa.
  6. Comportarse con espíritu solidario, tanto en sus relaciones con la cooperativa como con sus miembros.
  7. Abstenerse de ejecutar hechos o incurrir en omisiones que afecten o puedan afectar la estabilidad económica y financiera o el prestigio social de la cooperativa.
  8. Suministrar los informes que la cooperativa requiera para el buen desenvolvimiento de sus relaciones con ella e informar cualquier cambio de domicilio o residencia.
  9. Asistir a la Asamblea General, Ordinaria o Extraordinaria y participar de ellas, cuando fuere elegido como delegado.
  10. Participar en los programas de educación y capacitación profesional y así como en los demás eventos a que se cite.
  11. Cumplir con los demás deberes que resulten de la ley, el Estatuto de la cooperativa y los reglamentos.
 Derechos de los asociados

Serán derechos fundamentales de los asociados:

  1. Utilizar los servicios de la cooperativa y realizar con ella las operaciones propias de su objeto social.
  2. Participar en las actividades de la cooperativa y en su administración, mediante el desempeño de cargos sociales.
  3. Ser informador de la gestión en la cooperativa de acuerdo con las prescripciones estatutarias.
  4. Ejercer actos de decisión y elección en las asambleas generales.
  5. Fiscalizar la gestión económica y financiera de la cooperativa pudiendo examinar libros y demás documentos en los términos y procedimientos que establezcan las leyes y los reglamentos.
  6. Ejercer las funciones del sufragio, en forma que a cada asociado, corresponda un solo voto.
  7. Disfrutar de los servicios, beneficios y prerrogativas que la cooperativa tiene establecido para sus asociados.
  8. Presentar a los organismos directivos, proyectos e iniciativas que tengan por objeto el mejoramiento de la entidad.
  9. Beneficiarse de los programas educativos que se realicen.
  10. Retirarse voluntariamente de la cooperativa mientras ésta no se encuentre en proceso de disolución.
  11. Los demás que resulten de la ley, los estatutos y reglamentos.

Parágrafo: El ejercicio de los derechos está condicionado al cumplimiento de los deberes.