Deberes de los asociados
Serán deberes especiales de los asociados:
- Adquirir conocimiento sobre los principios básicos del cooperativismo, características del acuerdo cooperativo, Estatuto y reglamentos que rigen la entidad.
- Cumplir las obligaciones derivadas del acuerdo cooperativo.
- Admitir las decisiones del Consejo de Administración.
- Pagar los certificados de aportación en los plazos y términos reglamentarios.
- Cumplir con las demás obligaciones económicas que adquiera con la cooperativa.
- Comportarse con espíritu solidario, tanto en sus relaciones con la cooperativa como con sus miembros.
- Abstenerse de ejecutar hechos o incurrir en omisiones que afecten o puedan afectar la estabilidad económica y financiera o el prestigio social de la cooperativa.
- Suministrar los informes que la cooperativa requiera para el buen desenvolvimiento de sus relaciones con ella e informar cualquier cambio de domicilio o residencia.
- Asistir a la Asamblea General, Ordinaria o Extraordinaria y participar de ellas, cuando fuere elegido como delegado.
- Participar en los programas de educación y capacitación profesional y así como en los demás eventos a que se cite.
- Cumplir con los demás deberes que resulten de la ley, el Estatuto de la cooperativa y los reglamentos.
Derechos de los asociados
Serán derechos fundamentales de los asociados:
- Utilizar los servicios de la cooperativa y realizar con ella las operaciones propias de su objeto social.
- Participar en las actividades de la cooperativa y en su administración, mediante el desempeño de cargos sociales.
- Ser informador de la gestión en la cooperativa de acuerdo con las prescripciones estatutarias.
- Ejercer actos de decisión y elección en las asambleas generales.
- Fiscalizar la gestión económica y financiera de la cooperativa pudiendo examinar libros y demás documentos en los términos y procedimientos que establezcan las leyes y los reglamentos.
- Ejercer las funciones del sufragio, en forma que a cada asociado, corresponda un solo voto.
- Disfrutar de los servicios, beneficios y prerrogativas que la cooperativa tiene establecido para sus asociados.
- Presentar a los organismos directivos, proyectos e iniciativas que tengan por objeto el mejoramiento de la entidad.
- Beneficiarse de los programas educativos que se realicen.
- Retirarse voluntariamente de la cooperativa mientras ésta no se encuentre en proceso de disolución.
- Los demás que resulten de la ley, los estatutos y reglamentos.
Parágrafo: El ejercicio de los derechos está condicionado al cumplimiento de los deberes.