Podrán asociarse:
a) Las personas naturales legalmente capaces y los menores que hayan cumplido catorce años, o quienes sin haberlos cumplido, se asocien a través de su representante legal.
b) Las personas jurídicas de derecho público.
c) Las personas jurídicas del sector cooperativo, las de derecho privado sin ánimo de lucro.
d) Las empresas o unidades económicas, cuando los propietarios trabajen en ellas y prevalezca el trabajo familiar o asociado.
Los anteriores deben cumplir las condiciones y requisitos que se establecen a continuación:
1. Personas naturales mayores de dieciocho (18) años.
a) Ser legalmente capaces.
b) Estar domiciliado dentro del radio de acción de la Cooperativa.
c) A consideración del consejo de administración la cooperativa podrá exigir la cancelación de una cuota por afiliación, una vez sea aceptado como asociado, la cual será fijada por este, sin ser superior al 8% de un salario mínimo legal vigente
d. Suscribir aportes sociales iníciales equivalentes hasta el dos punto cinco por ciento 2.5% de un S.M.M.L.V, (Aproximado a la cifra de mil más cercana).
e. Capitalizar mensualmente el monto que sea fijado por el Consejo de Administración de acuerdo con la estratificación social y/o ingreso salarial mensual del asociado el cual no deberá exceder el cinco por ciento (5%) de un salario mínimo legal mensual vigente.
f. Mantener una cuantía mínima de ahorro obligatorio y la cual será fijada por el Consejo de Administración.
g) Presentar solicitud escrita Y suministrar toda la información solicitada por la Cooperativa en forma exacta.
2.Personas naturales menores de dieciocho (18) años.
a) Estar domiciliado dentro del radio de acción de la Cooperativa.
b) Pagar el valor de la cuota de afiliación no reembolsable, cuyo monto podrá establecer el Consejo de Administración.
c) Suscribir aportes sociales iníciales equivalentes hasta el dos punto cinco por ciento 2.5% de un S.M.M.L.V, (Aproximado a la cifra de mil más cercana).
d) Capitalizar mensualmente el monto que sea fijado por el Consejo de Administración de acuerdo con la estratificación social y/o ingreso salarial mensual del asociado el cual no deberá exceder el cinco por ciento (5%) de un salario mínimo legal mensual vigente.
e) Mantener una cuantía mínima de ahorro obligatorio y la cual será fijada por el Consejo de Administración.
f)) Presentar solicitud escrita y suministrar toda la información solicitada por la Cooperativa en forma exacta.
g) Presentar solicitud escrita y suministrar toda la información solicitada por la Cooperativa, en forma exacta. Los menores de catorce (14) años lo harán a través de SU representante legal.
Artículo 13º. Requisitos para ser asociados personas jurídicas.
a) Presentar solicitud escrita de admisión, acompañada de los siguientes documentos:
– Certificado de existencia jurídica y de representación legal actualizado expedido por el organismo competente.
– Copia autenticada de los estatutos vigentes.
– Copia del acta del órgano de la entidad solicitante en la cual conste la autorización para solicitar la afiliación como asociados de la Cooperativa.
b) Pagar el valor de la cuota de admisión no reembolsable, cuyo monto podrá establecer el Consejo de Administración.
c) Suscribir aportes sociales iníciales equivalentes al dos punto cinco por ciento 2.5% de un S.M.M.L.V, (Aproximado a la cifra de mil más cercana).
Para asociarse a FORJAR Cooperativa de Ahorro y Crédito puede descargar el formulario dando click en el siguiente botón: